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Que pagas cuando vendes un inmueble.

Inmobiliaria Valles del Pirineo en Jaca

Queremos mantener a nuestros clientes y futuros clientes bien informados. En los próximos artículos iremos explicando los distintos tramites para comprar o vender cualquier tipo de inmueble, sea un piso, un local, un terreno, una casa, etc…..

Hoy os voy hablar del Impuesto sobre la renta de las personas físicas o también llamada plusvalía de hacienda. Este impuesto siempre corre a cargo del vendedor, o sea, de la persona que obtiene un beneficio en la venta de su inmueble. Se calcula en base a la diferencia entre el valor al que se vende el inmueble o ‘valor de transmisión’ y el valor al que se compró en su momento o ‘valor de adquisición’, actualizándolo mediante un coeficiente que varía en función del año en que el inmueble fue adquirido. En la próxima declaración de renta estamos obligados a entregar, a Hacienda, la documentación pertinente sobre la venta que hemos realizado de nuestro inmueble para poder pagar este impuesto.

Si la venta de la vivienda se realiza por un importe inferior al que se compró, se considera que existe una pérdida patrimonial y la misma no debe tributar. 

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